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El pasado día 22 de Abril de 2008 se publicó en el B.O.E nº 97, el Real Decreto Ley 2/2008 de 21 de Abril, de medidas de impulso a la actividad económica.
En dicho Real Decreto Ley, se contempla que los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo, se deducirán hasta 400 euros del total de la retención anual del IRPF.
Esta deducción se aplicará de la siguiente forma: hasta 200 Euros en el mes de junio y el resto en los meses de Julio a Diciembre mediante Regularización del IRPF.
HISPATEC ha modificado su programa Cerco-Nóminas, para que en el mes de junio se pueda aplicar esta deducción en las nóminas de sus trabajadores, tal y como estipula este Real Decreto.
Si en el mantenimiento de convenios, tiene definido que la paga extra de junio, sea en recibo aparte, entonces tendrá dos nóminas en dicho mes. Por lo tanto, el descuento se efectuará en la primera de ellas que se calcule. Y solo en el caso de que la retención no llegara a los 200 Euros, se descontará de la siguiente la cantidad necesaria hasta completar los 200 Euros.
Ante cualquier consulta que se le plantee al respecto, estamos a su entera disposición.
Ejemplo:
Supongamos un trabajador que cobra 1.200 Euros de Paga Extra y 1.200 Euros en su nómina normal con un descuento de IRPF del 10%.
Si se procede a calcular primero su Paga Extra, vemos que la deducción máxima que se puede aplicar en dicha nómina es de 120 Euros. (1.200 x 10%). Es decir, no se puede descontar más de lo que se deduce.
Por lo tanto, al calcular la Nómina Normal del mes de Junio, se descontará de su Cuota de IRPF la cantidad que falta hasta completar los 200 Euros, es decir 80 Euros, por lo que el descuento en concepto de IRPF será en esa nómina de 120 - 80 = 40 Euros.
Por lo tanto, la suma de las deducciones de ambas nóminas son de 120 + 80 = 200 Euros.
Si se calcula primero la Nómina Normal y después la Paga Extra, el proceso de deducción, será inverso.
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